En el post de hoy os explicamos un caso de éxito en el que hemos conseguido la nulidad por falta de transparencia de las cláusulas de intereses y comisiones de un contrato de tarjeta revolving  «Carrefour Pass«.

Con la declaración de nulidad, hemos conseguido que nuestro cliente pueda recuperar todas aquellas cantidades pagadas de más en concepto de unas cláusulas de intereses y comisiones poco transparentes, al demostrar que, tal y como estaba redactado el contrato, así como el tipo de letra utilizado, no pudo comprender el coste económico de la tarjeta, así como las consecuencias negativas que supone la financiación con el sistema revolving, con unos elevados tipos de interés y altas comisiones.

La comercialización de estas tarjetas se lleva a cabo incidiendo únicamente en las ventajas de la obtención de un crédito rápido: se concede sin aportar documentación alguna, y con la posibilidad de devolver el dinero prestado mediante cuotas mensuales bajas. Lo que no se explica, es que esta forma de crédito, convierte al cliente en cautivo al conseguir crear una deuda perpetua que hace que, por mucho que se pague, no se llegue a cubrir nunca el importe de la deuda.

En este caso, el tipo de interés pactado, del 21,99%, no ha sido considerado como usurero, al encontrarse cercano a los tipos medios publicados por el Banco de España para este tipo de operaciones. Sin embargo, se ha considerado que las cláusulas económicas del mismo, no son transparentes y, en consecuencia, deben de ser declaradas como nulas y consideradas por no puestas, de forma que se devuelva al cliente todas aquellas cantidades abonadas en aplicación de dichas cláusulas. En la práctica esto supone que el cliente tan sólo tenga la obligación de devolver a la financiera las cantidades prestadas, sin intereses ni comisiones, debiendo ésta reintegrarle lo abonado en exceso.

Si quieres leer la sentencia completa, te dejo el enlace: SENTENCIA CARREFOUR PASS

En caso de que tengas una tarjeta Carrefour Pass y quieras reclamar, ponte en contacto con nosotros para que podamos valorar la viabilidad de la reclamación.