Abogados Vitoria » ¿Hay que pagar impuestos por las ventas en Ebay, Wallapop o Segundamano?

 

Hace unos días empecé a ver por las redes sociales muchos mensajes en los que se advertía de la obligación de pagar impuestos por las ventas que los particulares realizan en Internet a través de aplicaciones como Ebay, Wallapop o Segunda Mano, así que me pareció interesante dedicar una entrada a este tema para aclarar lo que hay de verdad en estas afirmaciones.

Es cierto que los particulares que venden sus objetos a través de estas aplicaciones pueden tener que pagar impuestos por tales ventas, pero esto no suele ser habitual. Para que se genere la obligación de pagar a Hacienda se ha de producir una ganancia patrimonial con esa venta.

Se produciría una ganancia patrimonial en el caso de que el precio de venta sea superior al precio de compra, es decir, en el caso de que hayamos conseguido vender nuestro bien a un precio superior al que lo compramos.

En el caso, poco probable, de que con la venta se hubiese generado una ganancia patrimonial, los particulares deberíamos tributar por la misma a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, lo que incrementará la Renta del Ahorro.

Hay que matizar que todo esto es aplicable tan sólo para particulares que venden de manera ocasional a través de estas aplicaciones, pero no para aquellos que vendan como actividad profesional.

Esperamos haber dado un poco de luz y quitaros el miedo de seguir utilizando estas aplicaciones.

Si tenéis cualquier duda, podéis como siempre hacérnosla llegar con vuestros comentarios o a través del formulario que encontraréis en nuestra página web www.lucioabogados.com