Abogados Vitoria » Riesgos de ser avalista

 

Es probable que, en un momento dado, un familiar o amigo os plantee la posibilidad de que os convirtáis en su avalista frente a una entidad financiera para que ellos puedan obtener financiación de la misma.

A la hora de tomar esta decisión, es importante que tengáis en cuenta los riesgos que ello puede suponer, y valoréis detenidamente esta decisión, puesto que puede comprometeros frente a la entidad financiera durante muchos años. Y las consecuencias pueden llegar a ser económicamente elevadas.

Así pues, en este artículo vamos a exponer brevemente qué supone convertirse en avalista y qué consecuencias puede acarrear, ya que son frecuentes los casos de clientes que llegan a nuestro despacho planteándonos problemas derivados de haber avalado en su día a un familiar o un amigo.

Tabla de Contenidos

¿Qué supone ser avalista?

En primer lugar, conviene saber qué supone jurídicamente convertirse en avalista de alguien. Comporta convertirse en deudor solidario de la deuda frente al banco, lo que quiere decir que, en caso de que la persona que ha solicitado la financiación no pueda hacer frente al pago de la misma, el banco podrá dirigirse contra el avalista, en los mismos términos y condiciones que frente al deudor principal.

Por lo tanto, en el caso de impago, el avalista responderá, con todos sus bienes presentes y futuros del pago de la deuda que ha contraído el deudor principal. Esto es así porque estableciéndose como avalista está indicando al banco que, en caso de impagos, él actuará como garante de la deuda.

Además, hay que tener en cuenta que, en la mayoría de los casos, los bancos acuden al avalista cuando las reclamaciones al deudor principal no han tenido éxito. Por ella, lo habitual es que entonces la deuda ya sea antigua y haya generado cuantiosos intereses que aumentan la cantidad a reclamar.

En consecuencia, existen numerosos riesgos de ser avalista y que la entidad financiera pueda reclamarte la totalidad de la deuda, como si fueras el titular de la misma, pero sin haber disfrutado de la financiación.

¿Qué ocurre cuando el banco reclama al avalista el pago de la deuda?

En el momento de que la entidad financiera reclama al avalista, éste debe hacer frente a las cantidades pendientes. De no hacerlo, se le incluirá en las listas de morosos, se le podrá reclamar la cantidad judicialmente y podrían llegar a iniciarse embargos de sus bienes y cuentas bancarias.

Es en este momento en el que el avalista suele acudir a nosotros consultando qué opciones tiene y cómo puede afrontar la situación.

Lo habitual suele ser que la persona que solicitó la financiación no pueda hacer frente a la misma o que haya desaparecido, por lo que el avalista se enfrenta al pago de la totalidad de las cantidades que quedan pendientes de pago.

En estos casos, solemos iniciar una negociación con la entidad financiera para establecer en qué condiciones puede asumir el avalista el pago, negociando nuevos plazos, intereses, etc.

¿Qué opciones tiene el avalista frente al deudor principal una vez que ha hecho frente al pago de la totalidad de la deuda?

Esta es la pregunta que más nos realizan nuestros clientes. Quieren saber si es posible reclamar al deudor una vez que como avalistas han respondido del pago de la deuda. En este sentido, el artículo 1838 del Código Civil establece lo siguiente:

“El fiador que paga por el deudor, debe ser indemnizado por éste.

La indemnización comprende:

1.º La cantidad total de la deuda.

2.º Los intereses legales de ella desde que se haya hecho saber el pago al deudor, aunque no los produjese para el acreedor.

3.º Los gastos ocasionados al fiador después de poner éste en conocimiento del deudor que ha sido requerido para el pago.

4.º Los daños y perjuicios, cuando procedan.

La disposición de este artículo tiene lugar, aunque la fianza se haya dado ignorándolo el deudor.”

Por lo tanto, el paso siguiente que solemos dar, en defensa de los derechos del avalista, es interponer una demanda de reclamación de cantidad frente al deudor principal por el importe de la deuda que el avalista ha debido asumir.

Con toda esta información, esperamos haberos ayudado a valorar los riesgos de ser avalista y las consecuencias que puede tener, incluso aunque se trate de una personas cercana y confiable.

Os recomendamos que solo accedáis a avalar a personas de confianza, de las que conozcáis su solvencia y capacidad para hacer frente al pago de la deuda.

Y si ya tenéis problemas derivados de constar como avalista de un préstamo, también os recomendamos que contactéis con nosotros para que os podamos aconsejar acerca de los pasos a seguir en el proceso.

Os esperamos en próximos artículos tan interesantes como este.